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01 mayo, 2015

1º DE MAYO DIA DEL TRABAJO

El 1° de mayo se conmemora en todo el mundo el Día Internacional del Trabajador en homenaje a los llamados Mártires de Chicago, grupo de sindicalistas anarquistas que fueron ejecutados en 1886. Ese mismo año, la Noble Order of the Knights of Labor, una organización de trabajadores, logró que el sector empresarial cediese ante la presión de las huelgas por todo el país.Entonces, el presidente de Estados Unidos, Andrew Johnson, promulgó la Ingersoll estableciendo ocho horas de trabajo diario. Como los empleadores se negaron a acatarla, los trabajadores de la ciudad industrial de Chicago iniciaron una huelga el 1º de mayo, que comenzó con una manifestación de más de 80.000 trabajadores liderados por Albert Pearsons.Ese movimiento había sido calificado como "indignante e irrespetuoso", "delirio de lunáticos poco patriotas", y manifestando que era "lo mismo que pedir que se pague un salario sin cumplir ninguna hora de trabajo".
A partir de allí, el conflicto se fue extendiendo a otras ciudades norteamericanas, logrando que más de 400.000 obreros pararan en 5.000 huelgas simultáneas. La magnitud del conflicto causó preocupación al gobierno y al sector empresarial, que creyeron ver en las manifestaciones y huelgas el inicio de una revolución anarquista.
Sin embargo, la fábrica Mc. Cormik de Chicago no reconoció la victoria de los trabajadores y el 1º de mayo de aquel año la policía disparó contra los manifestantes que, a las puertas de la fábrica, reivindicaban el nuevo acuerdo. Durante los siguientes días murieron más trabajadores, hasta que el día 4 una bomba estalló contra las fuerzas policiales, suceso conocido como "el atentado de Haymarket".
El 21 de junio de 1886 comenzó el juicio a 31 obreros acusados de haber sido los promotores del conflicto. Todos fueron condenados, dos de ellos a cadena perpetua, uno a 15 años de trabajos forzados y cinco a la muerte en la horca. La culpabilidad de los condenados nunca fue probada.
Día del Trabajador en la Argentina
El primer acto del Día del Trabajador se realizó en 1890, en el Prado Español de Buenos Aires, y contó con la participación de numerosos movimientos obreros, integrados en su mayoría por inmigrantes alemanes, italianos, españoles y portugueses. Desde entonces se celebra cada 1º de mayo el Día del trabajador.
Años más tarde, Argentina atravesará por distintas instancias en la reivindicación de los derechos de los trabajadores, tanto de hombres como mujeres, reconociéndose estos para ambos.
A partir de la primera presidencia de Juan Domingo Perón (1946-1952), la conmemoración del Día del Trabajador alcanzaría una notable importancia, organizándose celebraciones multitudinarias en todo el país. A raíz de las numerosas reivindicaciones obreras logradas por el peronismo, el 1º de mayo se convirtió en un día emblemático: entre las diversas manifestaciones de entonces se destaca la convocatoria de los obreros en la Plaza de Mayo, quienes llegaban en multitud desde temprano para escuchar el discurso del presidente.
Escribió Felipe Pigna: "En nuestro país cada primero de mayo nuestros trabajadores tomaron las calles desafiando al poder, recordándole que existían y que no se resignarían a ser una parte del engranaje productivo. La lucha logró la reducción de la jornada laboral, las leyes sociales y la dignificación del trabajador. El poder se sintió afectado y en cada contraofensiva cívico-militar como las del 55; 62; 66; 76 y 89 (esta vez a través del voto), pretendieron –y en ocasiones lo lograron-, arrasar con las históricas conquistas del movimiento obrero". 

01 mayo, 2013

"DIA DEL TRABAJO"

Los derechos del trabajador

DISFRUTEMOS DE NUESTRO DIA

El 24 de febrero de 1947( Perón) proclama los Derechos del Trabajador:
El Presidente de la Nación Argentina haciéndose interprete de los anhelos de justicia social que alientan los pueblos y teniendo en cuenta que los derechos derivados del trabajo, al igual que las libertades individuales, constituyen atributos naturales, inalienables e imprescriptibles de la personalidad humana, cuyo desconocimiento o agravio es causal de antagonismos, luchas y malestares sociales considera necesario y oportuno enunciarlos mediante una declaración expresa, a fin de que, en el presente y en el futuro, sirva de norma para orientar la acción de los individuos y de los poderes públicos, dirigida a elevar la cultura social, dignificar el trabajo y humanizar el capital, como la mejor forma de establecer el equilibrio entre las fuerzas concurrentes de la economía y de afianzar, en un nuevo ordenamiento jurídico, los principios que inspiran la legislación social.
Por ello, y de acuerdo con estos propósitos , formula solemnemente la siguiente declaración:
I. Derecho de trabajar
El trabajo es el medio indispensable para satisfacer las necesidades espirituales y materiales del individuo y de la comunidad, la causa de todas las conquistas de la civilización y el fundamento de la prosperidad general; de ahí que el derecho de trabajar debe ser protegido por la sociedad, considerándolo con la dignidad que merece y proveyendo ocupación a quien la necesite.
II. Derecho a una retribución justa
Siendo la riqueza, la renta y el interés del capital fruto exclusivo de trabajo humano, lacomunidad debe organizar y reactivar la fuente de producción en forma de posibilitar y garantizar al trabajador una retribución moral y material que satisfaga sus necesidades vitales y sea compensatoria del rendimiento obtenido y del esfuerzo realizado.
III. Derecho a la capacitación
El mejoramiento de la condición humana y la preeminencia de los valores del espíritu, imponen la necesidad de propiciar la elevación de la cultura y de la aptitud profesional, procurando que todas las inteligencias puedan orientarse hacia todas las direcciones del conocimiento, e incumbe a las sociedades estimular el esfuerzo individual proporcionando los medios para que, en igualdad de oportunidades, todo individuo puede ejercitar el derecho a aprender y perfeccionarse.
IV. Derecho a condiciones dignas de trabajo
La consideración debida al ser humano, la importancia que el trabajo reviste como función social y recíproco entre los factores concurrentes de la producción, consagran el derecho de los individuos a exigir condiciones dignas y justas para el desarrollo de su actividad y la obligación de la sociedad de velar por la estricta observancia de los preceptos que las constituyen y reglamentan.
V. Derecho a la preservación de la salud
El cuidado de la salud física y moral de los individuos debe ser una preocupación primordial y constante de la sociedad a la que corresponde velar para que el régimen de trabajo reúna los requisitos adecuados de higiene y seguridad, no exceda las posibilidades normales de esfuerzo y posibilite la debida oportunidad de recuperación por el reposo.
VI. Derecho al bienestar
El derecho de los trabajadores al bienestar, cuya expresión mínima se concreta en la posibilidad de disponer de vivienda, indumentaria y alimentación adecuadas, de satisfacer sin angustias sus necesidades y las de sus familias en forma que les permita trabajar con satisfacción, descansar libres de preocupaciones y gozar desmesuradamente de expansiones espirituales y materiales, impone la necesidad social de elevar el nivel de vida y de trabajo con los recursos directos e indirectos que permita el desenvolvimiento económico.
VII. Derecho a la seguridad social
El derecho de los individuos a ser amparados en los casos de disminución, suspensión o pérdida de su capacidad para el trabajo, promueve la obligación de la sociedad de tomar unilateralmente a su cargo las prestaciones correspondientes o de promover regímenes de mutua obligatoria destinados, unos y otros, a cubrir o complementar las insuficiencias o inaptitudes propias de ciertos periodos de la vida o las que resulten de infortunios provenientes de riesgos eventuales.
VIII. Derecho a la protección de la familia
La protección de la familia responde a un natural designio del individuo desde que en ella genera sus más elevados sentimientos afectivos y todo empeño tendiente a su bienestar debe ser estimulado y favorecido por la comunidad como el medio más indicado de propender el mejoramiento del género humano y a la consolidación de principios espirituales y morales que constituyen la esencia de la convivencia social.
IX. Derecho al mejoramiento económico
La capacidad productora y el empeño de superación hallan un natural incentivo en las
posibilidades del mejoramiento económico, por lo que la sociedad debe apoyar y favorecer las iniciativas de los individuos tendientes a ese fin y estimular las formación y utilización de capitales en cuanto constituyen elementos activos de la producción y contribuyan a la prosperidad general.
X. Derecho a la defensa de los intereses profesionales
El derecho de agremiarse libremente y de participar en otras actividades lícitas tendientes a la defensa de los intereses profesionales constituyen atribuciones esenciales de los trabajadores que la sociedad debe respetar y proteger, asegurando su libre ejercicio y reprimiendo todo acto que pueda dificultarlo o impedirlo.
LAMENTABLEMENTE "LA MAYORIA "DE TODOS ESTOS DERECHOS DE LOS TRABAJADORES "NO SE RESPETA" 

01 mayo, 2012

Dia Del Trabajo

1º De Mayo Dia de todos los trabajadores ..... por eso FELIZ DIA para todas NOSOTRASSSSSSSSS♥♥